La Ley de Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, inaugura en México la responsabilidad objetiva de la Administración. El parto de este ordenamiento ha sido azaroso y lleno de incidentes.
Los problemas más importantes consisten en cómo determinar la actividad administrativa irregular y los obstáculos procesales que presenta a lo que el presente artículo responde con una crítica y propuesta de como a través de una adecuada interpretación pueden paliarse tales dificultades.
Ha sido publicado en la Revista del Instituto de la Judicatura Federal número 20, año 2005