El derecho fundamental a un medio ambiente adecuado para el desarrollo y bienestar de toda persona es erga omnes, por lo que cualquier persona puede prevalerse de el y el interés jurídico para acudir al juicio de amparo solo requiere de haber instado a la autoridad administrativa. En el caso se trata de una gasera autorizada por autoridades del DF que un grupo de vecinos desaprueban y cuestionan que la licencia se otorgó a pesar de existir notables violaciones a la NOM aplicable.
Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito